Dirección General de Energía
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DISCREPANCIAS CON PUNTO CONEXIóN Y/O ACOMETIDA.

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Discrepancias con punto conexión y/o acometida.

  • “Me han facturado derechos de acometida”.
  • “Me han cobrado derechos de acceso y extensión”.
  • “Solicité punto de suministro y me dicen que mi instalación está en mal estado”.
  • “No estoy de acuerdo con la ubicación del punto de conexión”.
  • "No estoy de acuerdo con las condiciones técnicas para mi suministro".
  • “No estoy de acuerdo con el punto de conexión que me ofrece la Distribuidora”.
  • “Mi solicitud de punto de conexión no ha sido atendida”.
  • “Me piden cosas que no están recogidas en las normas”.

Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica: Artículo 23.- Criterios generales del régimen de acometidas y demás actuaciones. Artículo 24.- Retribución por acometidas. Artículo 25.- Criterios para la determinación de los pagos por derechos de extensión.

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