Dirección General de Energía
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Derechos y Deberes

Antes de reclamar a  su empresa suministradora USTED DEBE SABER QUE:
 
Todas las empresas dedicadas a suministrar electricidad a viviendas y negocios están obligadas a poner a disposición de sus clientes un servicio de atención de quejas y reclamaciones por lo que debe ser éste el primer lugar al que dirigirse en el caso de que se desee formular una reclamación.
 
Usted cuenta con respaldo legal suficiente para exigir a su empresa de suministro eléctrico que:
 
Le informe sobre los derechos que le asisten respecto de las distintas formas de solucionar un conflicto en caso de litigio.
 
Le atienda a través de un servicio de atención de quejas, reclamaciones e incidencias, que están obligados a poner a disposición de los clientes en relación al servicio contratado.
 
Tenga a su disposición una dirección postal, un servicio de atención telefónica y un número de teléfono, ambos gratuitos, y un número de fax o una dirección de correo electrónico al que los mismos puedan dirigirse directamente.
 
No desvíe llamadas realizadas al número de teléfono gratuito mencionado a números que impliquen un coste para los consumidores, para la atención de quejas, reclamaciones e incidencias en relación al servicio contratado u ofertado, así como solicitudes de información sobre los aspectos relativos a la contratación y suministro o comunicaciones.
 
Le informe sobre el precio final completo, incluidos los impuestos, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación a la oferta y los gastos adicionales que se repercutan al consumidor o usuario.
 
Le advierta  sobre las características principales del contrato, sobre sus condiciones jurídicas y económicas de forma clara y comprensible, antes de firmar el contrato.